Seguridad Social.
LOTTT Artículo 17.
Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo.
Los trabajadores y trabajadoras sean o no dependientes de patrono o patrona, disfrutaran ese derecho y cumplirán con los deberes de la Seguridad Social conforme a esta Ley.
El trabajo del hogar es una actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar.
Las amas de casa tienen derecho a la seguridad social, de conformidad con la ley.