Código de Comercio Artículo 273 Si los estatutos no disponen otra cosa, las asambleas ordinarias o extraordinarias, no podrán considerarse constituidas para deliberar, si no se halla representado en ellas un número de accionistas que represente más de la mitad del capital social.
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Código de Comercio Artículo 273
- Código: Sección VI 3 De las Asambleas
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