Código de Comercio Artículo 266 Los administradores son solidariamente responsables para con los accionistas y para con los terceros:
1. De la verdad de las entregas hechas en caja por los accionistas.
2. De la existencia real de los dividendos pagados.
3. De la ejecución de las decisiones de la asamblea.
4. Y en general, del exacto cumplimiento de los deberes que les imponen la ley y los estatutos sociales.
Otros artículos relacionados
CC artículo 1223